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¿Qué dice la ley andaluza sobre el Patrimonio Histórico y la titularidad y protección de Murallas y Fortificaciones?

Un patrimonio abandonado: las murallas y fortificaciones de Granada (II)

En nuestro anterior escrito concluimos que las Murallas, Fortalezas y demás obras defensivas son de dominio público, TITULARIDAD ESTATAL (Ministerio de Cultura) y están protegidas en su TOTALIDAD como Bien de Interés Cultural.

En este segundo artículo veremos la situación de estos vestigios defensivos después de que la Comunidad de Andalucía asumiera la Competencia Exclusiva del Patrimonio Histórico en territorio andaluz.

ANDALUCÍA ASUME LA COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MATERIA DE PATRIMONIO HISTORICO

El Estado español se descentraliza, la Constitución de 1978 organiza el territorio política y administrativamente en Comunidades Autónomas, la Comunidad de Andalucía asume en su Estatuto de Autonomía la COMPETENCIA EXCLUSIVA en materia de Patrimonio Histórico, Artístico, Monumental, Arqueológico y Científico.

ORGANIZACIÓN DE LA COMUNIDAD DE ANDALUCIA EN MATERIA PATRIMONIAL

La Junta de Andalucía. Es la institución que organiza políticamente el autogobierno de la Comunidad Autónoma, está integrada por el Parlamento de Andalucía, la Presidencia de la Junta y el Consejo de Gobierno.

La Consejería de Cultura. Es la administración competente dentro del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, encargada de la ejecución de las políticas de tutela, protección, conservación, divulgación e inspección del Patrimonio Histórico Andaluz.

La Dirección General de Bienes Culturales. Es el órgano directivo de la Consejería de Cultura encargada de la conservación, restauración, difusión y puesta en valor del patrimonio histórico y de manera especial de la formación, conservación y difusión del Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz y del Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz y de habilitar el acceso público y gratuito a los Bienes de Interés Cultural (BIC).

La Delegación Provincial de la Consejería de Cultura. Representa en cada Provincia a la Consejería de Cultura y a la Dirección General de Bienes Culturales, tiene como misión tutelar y garantizar la conservación del Patrimonio Histórico y entre otras funciones tiene la de inspección, sanción, la de ordenar a los propietarios o titulares de bienes inscritos la ejecución de obras o medidas para su conservación y mantenimiento; realizar estudios, proyectos e intervenciones y verificar el cumplimiento legal que tienen los propietarios de permitir y facilitar la visita pública gratuita a los Bienes de Interés Cultural.

LA LEY 14/2007, 26 DE NOVIEMBRE, DEL PATRIMONIO HISTÓRICO DE ANDALUCÍA

Regula y organiza en Andalucía toda la materia relacionada con el Patrimonio Histórico, sustituye y deroga a la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, vigente hasta el 8 de enero de 2008.

Sus tres pilares básicos son tutelar (proteger), salvaguardar (conservar) y divulgar y permitir la visita pública y gratuita al Patrimonio Histórico.

Se crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, en el que se incluyen todos los bienes declarados BIC, así como aquellos otros que, aún no siéndolo, así se acuerde por el Consejo de Gobierno.

El artículo 4 dice que los Ayuntamientos tienen el deber de colaborar activamente con los Organismos competentes en la protección, conservación, fomento y difusión del Patrimonio Histórico que radiquen en su término municipal, así como realzar y dar a conocer el valor cultural de los mismos, adoptando en caso de urgencia, las medidas cautelares necesarias para salvaguardar los bienes.

El artículo 14 dice que los Propietarios, Titulares y Poseedores, tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos, además de permitir la visita pública gratuita, al menos cuatro días al mes.

El artículo 5 dice que “Las personas que observen peligro de destrucción o deterioro en un bien integrante del Patrimonio Histórico Andaluz deberán, a la mayor brevedad posible, ponerlo en conocimiento de la Administración competente, que llevará a cabo las actuaciones que (procedan.......?)”, sin embargo a continuación dice que no se otorga a quien formula la denuncia la condición de persona interesada en la denuncia..., ni el derecho a ser informados.

TITULARIDAD de las Murallas, Fortalezas y demás obras defensivas

Las Murallas Fortalezas y demás obras defensivas propiedad del Estado (Ministerio de Cultura), pasan a ser Competencia exclusiva de la Junta de Andalucía (Consejería de Cultura), como Titular poseedor y máximo responsable de la tutela, protección y conservación y no sólo de la Alhambra de Granada, que también pertenece al Estado, la asunción de competencias no se toma a la carta.

Los Ayuntamientos, aunque no son titulares de estos vestigios, si lo son de las actuaciones que se hacen en sus entornos protegidos, y en todo caso, la ley le impone el deber de vigilar y denunciar su deterioro ante la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura o ante la fiscalía.

PROTECCION de las Murallas, Fortalezas y demás obras defensivas

La Ley 14/2007 dice en su Disposición Adicional Tercera que: “quedan inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz los Bienes de Interés Cultural declarados conforme a la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español ubicados en Andalucía”.

Con esta disposición todos los vestigios defensivos situados en territorio andaluz se inscriben como Bien de Interés Cultural en el Catálogo General Andaluz.

Y en su Disposición Adicional Cuarta añade además que: “..los bienes afectados por el Decreto de 22 de abril de 1949, sobre protección de los castillos españoles, que gozan de la condición de Bienes de Interés Cultural, tendrán un ENTORNO DE PROTECCIÓN constituido por aquellas parcelas y espacios que los circunden de hasta cincuenta metros en suelo urbano y doscientos metros en suelo urbanizable y no urbanizable.

CONCLUSIONES SOBRE LA TITULARIDAD Y PROTECCIÓN EN ANDALUCIA

Como conclusión final afirmamos que en base a la Competencia Exclusiva asumida en los Estatutos de la Comunidad de Andalucía, todos los “Vestigios Defensivos”, de Dominio Público y propiedad Estatal, pasa a ser, como Titular Poseedor Competencia Exclusiva de la Junta de Andalucía (Consejería de Cultura), la protección y conservación de las Murallas, Fortalezas y demás obras defensivas situadas en territorio andaluz y que por la Disposición Adicional Tercera de la Ley 14/2007, todos estos vestigios quedan inscritos como Bien de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, PROTEGIDOS EN SU TOTALIDAD, tanto las partes conservadas, como las que puedan aparecer en las excavaciones arqueológicas, considerándose una infracción muy grave y un delito penal su destrucción.

Además la legislación andaluza prevé un ENTORNO de protección de estos Bienes Patrimoniales, prohibiendo a los municipios actuaciones y obras en los edificios o parcelas colindantes que afecten o perturben negativamente su contemplación e integración en el tejido urbano o paisajístico.

Que en cada provincia la responsabilidad de tutelar y garantizar la conservación de las Murallas, Fortalezas y demás obras defensivas corresponde a la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura.

Y los Ayuntamientos, no puede en ningún caso ser un actores pasivos y, aunque no son titulares, la ley le impone el deber de cooperar activamente en la conservación y puesta en valor de estos vestigios defensivos situados en su término municipal, denunciar su deterioro, además de potenciar su valores culturales.

Con estos artículos sobre la Titularidad y la Protección, la Comisión de Patrimonio de Ecologistas en Acción quiere denunciar la versión sobre la titularidad que mantienen las administraciones competentes, mientras estos importantes vestigios históricos poco a poco van desapareciendo.

Como ejemplo, os remitimos a un Artículo publicado en el periódico IDEAL el 25-01-2010, que titulaban “La Muralla Zirí se cae a trozos”. En este artículo...el Ayuntamiento de Granada ordena a la Delegación de Cultura, como propietario o responsable, la adopción de medidas ... y la Delegación de Cultura acusa al Ayuntamiento de equivocarse, que éllos, tienen la tutela, pero la titularidad de su propiedad corresponde al gobierno de la ciudad, comentó Pedro Berzal delegado de Cultura y amenazó con llevar el caso a fiscalía si el Ayuntamiento daba traslado de su informe a la Delegación de Cultura?..... y añade que el Ayuntamiento está utilizando el Patrimonio como arma arrojadiza contra la Junta de Andalucía...cada cual que saque sus conclusiones.

http://www.ideal.es/granada/20100125/granada/muralla-ziri-trozos-sobre-20100125.html

Narciso Crespo. Área de Patrimonio Histórico de Ecologistas en Acción

Portafolio

Por Ecologistas en Acción.

El Sábado 6 de agosto de 2011

Actualizado el 6 de agosto de 2011